viernes, octubre 22, 2010

En Bolivia: Ley que permite tener relaciones sexuales a niños de 12 años

Ley que permite tener relaciones sexuales a niños de 12 años

22 Octubre, 2010


LA PAZ, Bolivia.- El Congreso bolivariano aprobó anoche un proyecto de Ley que permite las relaciones sexuales “consensuadas” entre menores de 12 años y castiga la violación con la máxima pena.

Las reformas al Código Penal para la Protección Legal de Niñas, Niños y Adolescentes en su artículo 15 advierte sanciones de hasta 30 años por violación de menores. No obstante, añade que “quedan exentas de esta sanción las relaciones consensuadas entre adolescentes mayores de doce años”.

La diputada de oposición, Norma Piérola, afirmó el viernes que no se tomó en cuenta las modificaciones propuestas por organizaciones de protección contra menores, para evitar que se permitan las relaciones sexuales entre menores, “lo cual está tipificado como delito de estupro”.

“Creemos que con esto estamos protegiendo lo más valioso que tenemos, que es nuestra niñez”, dijo el presidente de la Comisión de Constitución de la Cámara Baja, Juan Carlos Cejas, del oficialista Movimiento Al Socialismo (MAS).

El legislador explicó que sólo resta que el presidente Evo Morales promulgue esa nueva ley, que sufrió algunas modificaciones “de forma” en el Senado, al recordar que los diputados aprobaron ese proyecto el 16 de septiembre último.

El Artículo 15 modifica el punto 308 del Código Penal sancionando con 20 a 30 años de prisión a quien tuviera acceso carnal con un menor de 14 años de uno u otro sexo. El siguiente párrafo de ese artículo, dicta: “Quedan exentas de esta sanción las relaciones consensuadas entre adolescentes mayores de 12 años, siempre que no exista diferencia de edad mayor de un (1) año, entre ambos, y no se haya producido violencia ni intimidación”.

Por su parte, la diputada Rebeca Delgado aseguró que el Artículo 15 busca no criminalizar a niños o niñas de la misma edad que decidan tener relaciones sexuales de mutuo acuerdo.

Las modificaciones que se realizaron en la Cámara de Senadores violaron el procedimiento legislativo ya que la Cámara, según el Artículo 163 inciso 7 de la Constitución Política del Estado establece que se tiene 30 días para revisar el proyecto. AGENCIAS


http://www.latribuna.hn/web2.0/?p=198011